Durante los últimos días comenzó a circular una advertencia que encendió las redes sociales: insultar en internet ya puede ser motivo de cárcel y multa en México.
Aunque muchos lo tomaron como exageración o fake news, el tema sí tiene sustento legal, pero con matices importantes.Recientemente, una reforma al Código Penal en Puebla tipificó como delito el llamado ciberasedio, una conducta que sanciona las agresiones reiteradas realizadas a través de redes sociales, mensajes digitales o plataformas en línea con la intención de causar daño emocional o psicológico a otra persona.
De acuerdo con la legislación aprobada, quienes incurran en este tipo de conductas podrían enfrentar penas de prisión que van de 11 meses hasta 3 años, además de multas económicas calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Contrario a lo que se ha difundido en redes, no existe una multa fija de 3 millones de pesos, sino un rango mucho menor establecido por la ley.La reforma ha generado una fuerte polémica a nivel nacional. Mientras autoridades argumentan que la medida busca frenar la violencia digital, el acoso y los discursos de odio en internet, organizaciones civiles, periodistas y especialistas en derechos humanos advierten posibles riesgos para la libertad de expresión, sobre todo si la norma se aplica de manera ambigua o discrecional.
Es importante subrayar que esta legislación no es de aplicación nacional. Cada estado del país cuenta con su propio marco penal, y no todos han adoptado figuras similares para sancionar las agresiones en entornos digitales.
En la mayoría de las entidades, los insultos en redes sociales no constituyen un delito penal como tal, aunque pueden derivar en responsabilidades civiles o administrativas dependiendo del caso.
El debate ya está sobre la mesa:¿regular la violencia digital o abrir la puerta a la censura? Por ahora, la respuesta depende del estado en el que te encuentres… y de lo que escribas.
